Ordenanza N° 982/06

INCORPORESE a la Ordenanza Nº 170/HCD/94, Capitulo II Artículo 6º un apartado con la siguiente Leyenda: “TODO TRAMITE DE SOLICITUD PARA APERTURA, CAMBIO DE TITULARIDAD, CAMBIO DE DOMICILIO, BAJAS , ETC., LA NOTA DE PRESENTACION DEBERA ESTAR DEBIDAMENTE CERTIFICADA ANTE JUEZ DE PAZ Y/O ESCRIBANO PUBLICO CASO CONTRARIO NO SE DARA LUGAR A LO SOLICITADO”