Ordenanza N° 2176/19

MODIFICAR, el Artículo 15° de la Ordenanza N° 247/94. FIJASE, en concepto de Derecho de «Habilitación Comercial» de Comercios, actividades de servicios y/o industrial, de conformidad al Artículo 116° del Código Fiscal Municipal, lo siguiente: Estaciones de Servicios / Supermercados / Hipermercados / Agencias de Alquiler de Autos sin Chofer / Agencias de Pasajes, Viajes y Turismo / Agencias de Seguros.