Ordenanza N° 2023/17

FACULTESE, al Ejecutivo Municipal a través de la Secretaria de Gobierno – Direccion de Comercio, por el lapso de 180 días, para regular o suspender futuras habilitaciones (comercial, de servicios o industrial) atendiendo la interposición de áctividades de un mismo rubro que ocasione conflictividad entre los comerciantes habilitados y quienes se quieran incorporar a la actividad.