Ordenanza N° 1337/10

ESTABLEZCASE, que las personas que arriben a nuestra localidad con el fin de visitar diferentes hogares para comercializar bienes o servicios deberá inscribirse en la Dirección de Comercio previa cumplimiento de requisitos. Para habilitación del vehículo con propaganda en su carrocería deberán cumplir con requisitos.
Las constancias tendrán validez por el termino de 5 días corridos.
 
DEROGADA POR ORDENANZA N° 1506/12.